La desmembración del dominio es adjudicar a una persona la nuda propiedad de un bien y a otra distinta el uso y disfrute (usufructo). El nudo propietario no adquirirá la totalidad del bien hasta tanto no se produzca la extinción del usufructo por alguna de las causas que recoge el art. 513 del Código Civil.
A la hora de adjudicar los bienes de una herencia que en los supuestos donde hay cónyuge viudo e hijos se produzca la desmembración del dominio en todos los bienes de la herencia.
Cuando la desmembración del dominio se produce en virtud de una transmisión mortis causa, el impuesto de sucesiones que se devenga en dicha transmisión tiene una forma de calcularse un poco particular. Se parte de la premisa de que el nudo propietario adquiere, la totalidad del bien del que se ha desmembrado el dominio, en dos momentos del tiempo distintos, pero el devengo es el mismo, el fallecimiento del causante que origina la desmembración. Es decir, al fallecimiento del primer causante se adquiere la nuda propiedad y al fallecimiento del usufructuario (o extinción del usufructo por otro motivo), se consolida el pleno dominio (se adquiere la parte del usufructo que le faltaba por adquirir).
En definitiva, como el nudo propietario al final va a adquirir la totalidad del bien (aunque en dos momentos distintos en el tiempo), se debe de calcular un tipo medio efectivo de gravamen (en adelante TMEG) sobre la premisa de incluir en la base imponible teórica el valor total del bien que se desmembra, y se aplica ese TMEG primero sobre la base imponible que se adquiere en el primer momento, y después sobre el valor del usufructo que se consolida. Si no se hiciese así, se estaría disminuyendo la progresividad del impuesto.
En el momento de la tributación por consolidación del usufructo se valora dicho usufructo exactamente en el mismo valor que se le dio al momento de la desmembración, y se le aplican las reducciones y bonificaciones que correspondan y que no se hayan agotado en la primera declaración.
En Balderas & Ruiz Asesores te ayudamos con todos los trámites de tu herencia. ¡Contacta con nosotros!